A menudo se nos plantea la duda de qué engloba el concepto de gasto de escolaridad, pues podríamos entender que únicamente hace referencia a la cuota y/o el AMPA que se debe satisfacer mensualmente al cetro docente.
Si bien, de un tiempo a esta parte, la jurisprudencia viene entendiendo que en dicho concepto se engloban más gastos de los que se podríamos deducir en un principio, tales como las excursiones o las colonias, libros y material de incio del curso, e incluso el transporte escolar si lo hubiere. De hecho, se incluiría cualquier gasto que derivase de peticiones del centro educativo.
En este sentido se pronuncia, entre otras, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona nº 2/2022, de 14 de enero de 2022, cuando expone que:
“ En cuanto a los gastos de escolaridad se incluyen en este concepto las cuotas de AMPA, material escolar, libros de texto y de lectura, salidas, excursiones, colonias y todos aquellos que se deriven de peticiones del centro educativo, cuotas y material solicitado, así como los gastos de transporte escolar si los hubiere”.
Debemos, por tanto, tener mucha cautela con los conceptos que se incluyen en el convenio regulador -o incluso en el escrito de demanda y contestación a la demanda- pues dependiendo de cómo se incluya podrían perjudicar o beneficiar a alguna de las partes.
Em vaig sentir molt segura amb els dos. Demostren molts coneixements i saben el que fan. Són seriosos però alhora propers i molt humans, empàtics. Em vaig sentir acompanyada i atesa a tota hora. Es preocupaven per mi si em notaven dubtosa o insegura. El dia del judici la Cristina va fer-ho genial, amb una gran professionalitat i molt documentada. M’havia dit que lluitaria per mi i així va ser. El Javier em va ajudar molt a sentir-me tranquil.la, i explicar-me les coses quan no les entenia prou bé, sempre atent a què jo estigués bé.