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Estadísticas actualizadas custodia compartida y divorcios-análisis

Nulidades, separaciones y divorcios – Año 2023 (FECHA PUBLICACIÓN JULIO 2024 INE)

Total de procesos de disolución 80.065 DESCENSO 5,3%

Divorcios 76.685 DESCENSO 5,7%

Custodia compartida 48,4% AUMENTO 6,3%,

(Variación anual: diferencia respecto al año anterior 2022)

Existe una tendencia a la baja de los divorcios durante los últimos dos años tras el incremento registrado durante la pandemia.

Hay un incremento de las custodias compartidas del 127% con respecto a la estadística de hace diez años en que las custodias maternas representaron el 73% en 2014.

Las custodias concedidas a los padres también han disminuido: si hace 10 años representaban el 5,3% del total, ahora alcanzan el 3,5%

Los casos de custodia compartida de menores representaron en 2023 el 48,4%, superando por primera vez las otorgadas a las madres, que fueron el 47,8%.

Según AEAFA, resultado de una serie de cambios sociales ligados al cambio de rol de los hombres y a una mayor implicación en la crianza de los hijos, y a otros avances de naturaleza jurídica. “El Supremo dictaminó una resolución en abril de 2013 en la que estableció que el sistema de guarda compartida no se tenía que considerar una medida excepcional, sino normal e incluso deseable. Lo declaró como doctrina jurisprudencial”, explica Quintano, que lo considera un cambio lógico, ya que “muchas veces la vida es logísticamente imposible si no se implican los dos progenitores”.

Con este aumento en las custodias compartidas, se generan nuevas dudas en relación a la pensión alimentos en favor de los hijos en estas situaciones.

Llegamos a la conclusión que la custodia compartida de los hijos “no excluye en modo alguno” la pensión de alimentos a cargo de alguno de los progenitores, salvo en aquellos supuestos en que exista una igualdad salarial.

“La contribución de cada progenitor a los alimentos y gastos de los hijos se fijará teniendo en cuenta los ingresos y la situación económica respectiva de cada progenitor, así como los gastos de los hijos en función de las posibilidades económicas reales de ambos tras la ruptura”, aclara el abogado de familia.

La jurisprudencia contempla la imposición al progenitor que tenga una posición económica más desahogada de la obligación de abonar una pensión mensual de alimentos al progenitor con menos recursos.

“Si las condiciones económicas son similares, van con los gastos al 50%”

Esta nueva situación social nos lleva a plantearnos la necesidad de renombrar ciertos aspectos dentro del derecho de familia, como puede ser, dejar de hablar de custodias, y hablar de corresponsabilidad parental. Así, podríamos hablar de una manera diferente de concebir los procesos de divorcio/separación cuando existen menores y adolescentes, siempre teniendo en cuenta el mejor interés de estos durante los mismos.

Así, en esta nueva concepción, podríamos replantearnos la atribución del uso de la vivienda familiar no solo en función del % de tiempo de custodia de los progenitores, sino del bienestar de los menores y adolescentes.

También, sería beneficioso dejar de hablar de vencedores, vencidos, progenitor custodio y no custodio, etc, con un aumento de los acuerdos entre ambos, mejorando el resultado final para los menores y adolescentes.

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