Abogado divorcio Internacional
Somos abogados especializados en divorcio internacional
Los asuntos de familia con elemento internacional requieren un análisis especialmente cuidadoso, porque pueden verse afectados por distintas normas: derecho de familia en Cataluña, derecho español, derecho internacional privado, normativa europea, convenios internacionales y, en determinados casos, cuestiones patrimoniales vinculadas a más de una jurisdicción.
Por este motivo, en NAVARRO PRIETO ABOGADOS estos asuntos se trabajan siempre de forma conjunta por el equipo del despacho. Desde la primera reunión intervienen tres abogados, con el fin de valorar el caso desde todas las perspectivas que pueden afectar al procedimiento: derecho matrimonial y de familia, derecho español y derecho internacional privado.
Además, cuando el cliente lo necesita, podemos realizar la primera reunión y el seguimiento del asunto en distintos idiomas, lo que facilita la comunicación en procedimientos con personas de diferentes nacionalidades o con residencia fuera de España.
Esta forma de trabajar nos permite ofrecer un asesoramiento más preciso desde el inicio, valorando la competencia judicial internacional, la ley aplicable, los efectos personales y patrimoniales de la ruptura, las medidas relativas a los hijos y la posible eficacia en España de resoluciones dictadas en el extranjero.
En los procedimientos familiares con elemento internacional es especialmente importante estudiar cada caso de forma minuciosa, porque una decisión inicial sobre competencia, ley aplicable o reconocimiento de resoluciones puede condicionar el desarrollo de todo el procedimiento.
Cuéntanos tu caso y te orientaremos sobre la mejor forma de abordarlo.
Somos abogados especializados en divorcio internacional
Los asuntos de familia con elemento internacional requieren un análisis especialmente cuidadoso, porque pueden verse afectados por distintas normas: derecho de familia en Cataluña, derecho español, derecho internacional privado, normativa europea, convenios internacionales y, en determinados casos, cuestiones patrimoniales vinculadas a más de una jurisdicción.
Por este motivo, en NAVARRO PRIETO ABOGADOS estos asuntos se trabajan siempre de forma conjunta por el equipo del despacho. Desde la primera reunión intervienen tres abogados, con el fin de valorar el caso desde todas las perspectivas que pueden afectar al procedimiento: derecho matrimonial y de familia, derecho español y derecho internacional privado.
Además, cuando el cliente lo necesita, podemos realizar la primera reunión y el seguimiento del asunto en distintos idiomas, lo que facilita la comunicación en procedimientos con personas de diferentes nacionalidades o con residencia fuera de España.
Esta forma de trabajar nos permite ofrecer un asesoramiento más preciso desde el inicio, valorando la competencia judicial internacional, la ley aplicable, los efectos personales y patrimoniales de la ruptura, las medidas relativas a los hijos y la posible eficacia en España de resoluciones dictadas en el extranjero.
En los procedimientos familiares con elemento internacional es especialmente importante estudiar cada caso de forma minuciosa, porque una decisión inicial sobre competencia, ley aplicable o reconocimiento de resoluciones puede condicionar el desarrollo de todo el procedimiento.
Cuéntanos tu caso y te orientaremos sobre la mejor forma de abordarlo.
Según las circunstancias de cada caso, se deberá analizar el régimen económico matrimonial, la existencia de bienes en distintos países, la ley aplicable en materia de obligaciones alimenticias, las medidas relativas a los hijos y los efectos personales, familiares y patrimoniales derivados de la ruptura.
Existe diversa normativa internacional, a veces complicada de aplicar y coordinar entre sí. Por eso, es necesario contar con el asesoramiento de un abogado experto en derecho de familia internacional, previo estudio detallado de los reglamentos europeos, convenios, tratados internacionales y normas de derecho internacional privado que puedan incidir en cada caso concreto.
El estudio previo de la competencia judicial internacional y de la ley aplicable permite conocer las mejores opciones en cada supuesto y definir una estrategia jurídica adecuada desde el inicio.
Si un progenitor traslada o retiene al menor fuera de su residencia habitual sin el consentimiento del otro progenitor, puede producirse una vulneración de sus derechos de custodia o de visita, dando lugar a un procedimiento judicial dirigido a obtener la restitución del menor o a adoptar las medidas que correspondan para proteger su interés superior.
En estos procedimientos resulta esencial actuar con rapidez y valorar, desde el inicio, la residencia habitual del menor, la existencia o no de consentimiento del otro progenitor, las circunstancias del traslado o retención, los instrumentos internacionales aplicables y la estrategia procesal más adecuada ante los Tribunales españoles.
La situación y el tratamiento legal pueden ser muy diferentes dependiendo del país implicado. En el ámbito de la Unión Europea debe tenerse en cuenta el Reglamento (UE) 2019/1111, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial, responsabilidad parental y sustracción internacional de menores. Fuera del ámbito europeo, pueden resultar aplicables, entre otros, el Convenio de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores y el Convenio de La Haya de 1996 sobre responsabilidad parental y medidas de protección de los niños.
En caso contrario, cuando el país implicado no forme parte de los instrumentos internacionales aplicables, el procedimiento puede resultar más complejo, siendo todavía más importante realizar un análisis previo de la viabilidad del asunto y de las posibles vías de actuación.
Las sentencias dictadas en países extranjeros no siempre tienen validez automática en España, de igual manera que las sentencias españolas no siempre son reconocidas directamente fuera de nuestras fronteras. De ahí que, cuando se pretende que una resolución extranjera produzca efectos en España, pueda ser necesario solicitar su reconocimiento ante el tribunal español competente.
El objetivo es comprobar que la resolución extranjera cumple los requisitos legales exigidos para su validez y que, por tanto, puede ser reconocida y, en su caso, ejecutada en España.
Uno de los supuestos más habituales es el reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en el extranjero, especialmente cuando el matrimonio se celebró fuera de España o cuando, al menos, una de las partes es de nacionalidad española y necesita inscribir el divorcio en el Registro Civil español.
También puede ser necesario instar el reconocimiento o ejecución de resoluciones extranjeras relativas a pensiones de alimentos, medidas sobre hijos menores, régimen de visitas, efectos patrimoniales derivados de la ruptura, liquidación de bienes o cualquier otra medida familiar que deba producir efectos en España.
Lo mismo ocurre cuando se pretende obligar a una persona residente en España a cumplir una obligación reconocida en una sentencia dictada en el extranjero, como puede ser el pago de una pensión de alimentos. En estos casos, será necesario analizar previamente si dicha resolución puede ser reconocida y ejecutada por los tribunales españoles conforme a la normativa aplicable.
Divorcio internacional. Separación matrimonial con elemento internacional. Nulidad matrimonial con componente extranjero. Extinción de pareja de hecho con elemento internacional. Procedimientos relativos a medidas sobre hijos menores cuando concurren circunstancias internacionales. Sustracción internacional de menores. Restitución internacional de menores. Reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras. Homologación de sentencias extranjeras y exequátur. Procedimientos relativos a obligaciones alimenticias internacionales. Procedimientos con bienes, efectos patrimoniales o régimen económico matrimonial con trascendencia en España.
Guarda y custodia. Régimen de estancias, comunicaciones y vacaciones. Traslados de residencia de menores. Pensión de alimentos. Atribución del uso de la vivienda familiar. Régimen económico matrimonial. Efectos patrimoniales derivados de la ruptura matrimonial o de pareja. Liquidación de bienes con trascendencia en España. Reconocimiento de resoluciones extranjeras en materia de familia. Ejecución en España de obligaciones establecidas en resoluciones extranjeras.
Según las circunstancias de cada caso, se deberá analizar el régimen económico matrimonial, la existencia de bienes en distintos países, la ley aplicable en materia de obligaciones alimenticias, las medidas relativas a los hijos y los efectos personales, familiares y patrimoniales derivados de la ruptura.
Existe diversa normativa internacional, a veces complicada de aplicar y coordinar entre sí. Por eso, es necesario contar con el asesoramiento de un abogado experto en derecho de familia internacional, previo estudio detallado de los reglamentos europeos, convenios, tratados internacionales y normas de derecho internacional privado que puedan incidir en cada caso concreto.
El estudio previo de la competencia judicial internacional y de la ley aplicable permite conocer las mejores opciones en cada supuesto y definir una estrategia jurídica adecuada desde el inicio.
Si un progenitor traslada o retiene al menor fuera de su residencia habitual sin el consentimiento del otro progenitor, puede producirse una vulneración de sus derechos de custodia o de visita, dando lugar a un procedimiento judicial dirigido a obtener la restitución del menor o a adoptar las medidas que correspondan para proteger su interés superior.
En estos procedimientos resulta esencial actuar con rapidez y valorar, desde el inicio, la residencia habitual del menor, la existencia o no de consentimiento del otro progenitor, las circunstancias del traslado o retención, los instrumentos internacionales aplicables y la estrategia procesal más adecuada ante los Tribunales españoles.
La situación y el tratamiento legal pueden ser muy diferentes dependiendo del país implicado. En el ámbito de la Unión Europea debe tenerse en cuenta el Reglamento (UE) 2019/1111, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial, responsabilidad parental y sustracción internacional de menores. Fuera del ámbito europeo, pueden resultar aplicables, entre otros, el Convenio de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores y el Convenio de La Haya de 1996 sobre responsabilidad parental y medidas de protección de los niños.
En caso contrario, cuando el país implicado no forme parte de los instrumentos internacionales aplicables, el procedimiento puede resultar más complejo, siendo todavía más importante realizar un análisis previo de la viabilidad del asunto y de las posibles vías de actuación.
Las sentencias dictadas en países extranjeros no siempre tienen validez automática en España, de igual manera que las sentencias españolas no siempre son reconocidas directamente fuera de nuestras fronteras. De ahí que, cuando se pretende que una resolución extranjera produzca efectos en España, pueda ser necesario solicitar su reconocimiento ante el tribunal español competente.
El objetivo es comprobar que la resolución extranjera cumple los requisitos legales exigidos para su validez y que, por tanto, puede ser reconocida y, en su caso, ejecutada en España.
Uno de los supuestos más habituales es el reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en el extranjero, especialmente cuando el matrimonio se celebró fuera de España o cuando, al menos, una de las partes es de nacionalidad española y necesita inscribir el divorcio en el Registro Civil español.
También puede ser necesario instar el reconocimiento o ejecución de resoluciones extranjeras relativas a pensiones de alimentos, medidas sobre hijos menores, régimen de visitas, efectos patrimoniales derivados de la ruptura, liquidación de bienes o cualquier otra medida familiar que deba producir efectos en España.
Lo mismo ocurre cuando se pretende obligar a una persona residente en España a cumplir una obligación reconocida en una sentencia dictada en el extranjero, como puede ser el pago de una pensión de alimentos. En estos casos, será necesario analizar previamente si dicha resolución puede ser reconocida y ejecutada por los tribunales españoles conforme a la normativa aplicable.
Divorcio internacional. Separación matrimonial con elemento internacional. Nulidad matrimonial con componente extranjero. Extinción de pareja de hecho con elemento internacional. Procedimientos relativos a medidas sobre hijos menores cuando concurren circunstancias internacionales. Sustracción internacional de menores. Restitución internacional de menores. Reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras. Homologación de sentencias extranjeras y exequátur. Procedimientos relativos a obligaciones alimenticias internacionales. Procedimientos con bienes, efectos patrimoniales o régimen económico matrimonial con trascendencia en España.
Guarda y custodia. Régimen de estancias, comunicaciones y vacaciones. Traslados de residencia de menores. Pensión de alimentos. Atribución del uso de la vivienda familiar. Régimen económico matrimonial. Efectos patrimoniales derivados de la ruptura matrimonial o de pareja. Liquidación de bienes con trascendencia en España. Reconocimiento de resoluciones extranjeras en materia de familia. Ejecución en España de obligaciones establecidas en resoluciones extranjeras.
Somos abogados especializados en divorcio Internacional
Los abogados del despacho cuentan con una amplia experiencia, tanto en la negociación como en los Tribunales y con una amplia formación en todos los ámbitos del Derecho Internacional.

